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Diariamente se va a actualizar el valor de las UVIs (capital) y también de las cuotas a pagar. La tasa es de alrededor de 5% (puede variar según el banco). Y la indexación se hará con el CER, que está atado a la inflación.
Puede variar según el banco otorgante. El tope está entre $ 1 millón y $ 2 millones. En el caso de un $ 1 millón, el ingreso familiar tiene que ser de $ 26.550 (puede variar según el banco).
No. Pero el Banco Central da la opción de que, en caso que el CER se incremente 10 puntos por encima del CVS (coeficiente de variación salarial), la entidad tiene que ofrecer la extensión del plazo.
Se podría hacer el cambio de titularidad. Siempre y cuando el nuevo titular del crédito cumpla con todas las condiciones para hacer frente a la hipoteca.
Sí. Cuando la cancelación sea parcial, se pagará una penalidad del 3% del crédito. Si es total y se da después de haber pasado el 25% de las cuotas, ya no pagará penalidad.
Sí, siempre y cuando pueda generarse una hipoteca. Es decir, si el barrio cerrado no permite la división y la escritura, no se va a poder acceder al crédito.
Los mismos que para cualquier crédito hipotecario. Por ejemplo: un año de antigüedad en relación de dependencia, boleta de un servicio a su nombre, DNI del titular y cónyuge, los últimos tres recibos de sueldo o monotributo. Además se deben presentar todos los datos de la propiedad a adquirir.